El primer punto que me parece problemático del texto es el sistema de financiación. En contra de lo que dice media España mediática, el título VI del proyecto no tiene nada de inconstitucional. Quién recauda los impuestos no está recogido en ninguna parte de la carta magna, así que podría hacerlo la Generalitat, el Estado o el Frente de Liberación de los Gnomos del Jardín, sin ningún problema. La constitución pone como único límite al sistema de financiación autonómico la solidaridad entre autonomías, pero no dice quién debe fijar cada impuesto. La reforma propuesta es igual de enfermizamente solidaria que el sistema anterior (contando que el cupo se fija a medias, se acabará pagando lo mismo), pero permite a la Generalitat subir y bajar impuestos, algo que es loable. Si los catalanes quieren gastar más en sanidad (competencia exclusiva desde principio de los tiempos para la Generalitat) pagando más impuestos, deben poder hacerlo.
El problema es dónde esta este sistema de financiación. Básicamente, no debería estar en el Estatuto. Hay 15 comunidades que siguen el régimen general; lo razonable es que todas ellas se pongan de acuerdo sobre cómo debe funcionar este. Lo cierto es que extender el modelo del Estatuto a las 15 comunidades sería una magnífica idea, todo hay que decirlo, pero no es el lugar para poner esta reforma.
Lo ideal sería de hecho 17 conciertos económicos, con balanzas fiscales bien claras. Y sí, eso significaría que Euskadi y Navarra dejarían de vivir subvencionadas como una comunidad pobre siendo dos de las autonomías más ricas, entre otras cosas. La reforma del Estatuto no soluciona los dos principales problemas del sistema actual, su complejidad y opacidad, y añade aún otro sistema al jaleo.
Es necesario un sistema más sencillo, en que se cumplan los siguientes criterios:
- 1. Quien gasta, recauda. Si alguien quiere gastar más dinero en una de sus competencias exclusivas, sube sus impuestos, no llora al estado central.
- 2. Distribución clara de qué recauda cada administración. Si me suben los impuestos, debo saber cláramente de quién es la culpa.
- 3. Mecanismo automático de redistribución. Las comunidades contribuyen a un fondo de solidaridad siguiendo una regla fija y clara que tenga en cuenta niveles de renta, envejecimiento de la población, insularidad y otros criterios objetivos. La contribución se revisa de manera automática cada dos o tres años.
- 4. Voz y voto de las autonomías en los presupuestos en el Senado.
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