El PP volvió a largarse de un pacto ayer, acusando al PSOE de no prestarles la atención que merecen. La verdad es que algo de razón tienen (el PSOE, ciertamente, no tiene demasiadas ganas de discutir nuevos estatutos con quien no los quiere), pero ha sido mal interpretado en algunos sitios, así que me gustaría clarificar un poco las cosas sobre cómo funciona el sistema autonómico.
El sistema de reparto de competencias en España es una bestia compleja. Primero, con leer lo que dice la constitución no basta; esta es una parte sólo del reparto. Básicamente, establece qué es impepinablemente del estado, qué deben tener todas las autonomías, y el rango de los estatutos. Lo que no sale en esas listas, está libre. Si un estatuto de autonomía incluye una competencia, esa autonomía puede ejercerla, siempre que no entre en el campo de exclusivas del estado. Así que se debe mirar en los estatutos también. Por si fuera poco, el estado puede coger el tema que le plazca y enchufarlo a las autonomías por ley orgánica, como hizo el PP con la sanidad en las autonomías que no la tenían en el estatuto.
¿Qué protege el sistema? Primero, la constitución es difícil de reformar, así que la lista exclusiva esta blindada. Segundo, los estatutos no son leyes normales; de hecho, son casi constitucionales en muchos aspectos. Las cortes de Madrid no pueden reformar un estatuto unilateralmente; retocarlo requiere siempre la votación del parlamento autonómico y el nacional. Muchas veces, incluso más que eso; hay estatutos añaden referéndum. Las normas de reforma de los estatutos están en el mismo texto de estos.
¿Qué significa todo esto? Primero, que España es prácticamente un estado federal, en todo menos el nombre (y el senado). Los estatutos de autonomía tienen rango prácticamente constitucional, y están fuera del alcance de las cortes de Madrid, mal que les pese a algunos. Segundo, es un sistema (en mi opinión) francamente bien diseñado. Quizás no muy elegante, pero es flexible, abierto y predecible, y permite competencias asimétricas entre regiones (sí, es federal asimétrico. Temblad).
A todo esto, aunque las reformas estaturias son difíciles, ya que requieren tocar varias teclas, el PP no puede evitarlas largándose de la mesa. Pueden vetar retoques en la constitución, pero no en los estatutos, ya que estos requieren solamente mayoría absoluta en las cortes y cumplir con el procedimiento que detalle el estatuto para su autonomía. Como he señalado, se pueden cambiar una barbaridad de cosas del estado autonómico sin tocar una coma de la constitución; de hecho, el plan Ibarretxe podría caber con una interpretación extensiva del texto. Si al PP realmente le preocupan los cambios que puedan hacerse al sistema, es mejor que colabore, porque no tiene poder de veto. No es una cuestión de pardillismo o no, es una cuestión de margen de maniobra.
Nota: las competencias transferidas por ley orgánica no están protegidas de reformas unilaterales. Es decir, si ZP quiere retirar sanidad a las autonomías que no la tienen en el estatuto mañana, puede. Es por eso, en parte, porque Cataluña está reformando el suyo, para incluir estas transferencias en el texto y blindarlas.
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